dissabte, 17 de setembre del 2011

Catalunya aconsejará a los presos sin papeles dejar España

La Generalitat dará opción a seguir en prisión u obtener la libertad condicional en el país de origen


02/09/2011 04:21 / D. CORDERO / D. AYLLÓN / BARCELONA / MADRID 
lavozdeasturias.es

La Generalitat pretende reducir la comunidad reclusa que forman los inmigrantes sin papeles en Catalunya. Para ello, a través de una nueva circular instruida por el Departament de Justícia, aconseja a los reos sin permiso de residencia ni de trabajo que regresen a sus países de origen cuando hayan rebasado la mitad de su condena. El Gobierno catalán asegura que quiere dar un nuevo rumbo a su política penitenciaria, pero también aplicar medidas que puedan ahorrar costes con una reducción de presos.

La nueva circular instruida por el Departament de Justícia supondrá también un endurecimiento real de las penas, ya que la orden, que entrará en vigor a partir del 15 de septiembre, supondrá la prohibición de que estos reclusos tengan acceso al régimen abierto y a salidas programadas, como sucedía hasta ahora.

Los sin papeles ya no podrán beneficiarse del régimen abierto

“Es una cuestión de coherencia”, señaló ayer el director general de Servicios Penitenciarios de la Generalitat, Ramon Parés. Se refería a la contradicción, según él, que representa que los presos sin papeles se beneficien de instrumentos penitenciarios pensados para “preparar la libertad”, cuando la realidad para estos reos es que, una vez han cumplido su pena al completo, agentes de la Policía Nacional les esperan a las puertas de la prisión para detenerles e iniciar el proceso de expulsión.
La orden cuenta con opiniones favorables, como la del abogado Jaume Asens, que considera que esta política de Justicia evitará la denominada “doble pena”: la de cumplir la condena y la de la posterior expulsión.
Desde la Generalitat se reitera que todo el proceso respetará siempre el deseo de los reos. Parés añadió ayer a este diario: “No renunciaremos a pedir la expulsión aunque no lo quiera el preso, pero lo plantearemos a partir de la voluntariedad”.

La Generalitat intenta ahorrar y evitar prisiones masificadas

Servicios Penitenciarios cuenta con diversas hipótesis de partida para aplicar la nueva instrucción de la consejería. Para aquellos reclusos sin papeles que han cumplido la mitad de la condena, la Generalitat les conminará a aceptar seguir la libertad condicional en su país de origen.
Otra opción se basa en que el reo inmigrante sin papeles sea trasladado a una prisión de su país para seguir allí la condena, pero esta medida en la mayoría de los casos quedaría descartada por la precariedad de determinados sistemas penitenciarios en países en vía de desarrollo. Una última opción pasa porque la Fiscalía pueda proponer al juez o al tribunal correspondiente la expulsión del preso sin documentación, después de ser informado por Servicios Penitenciarios.

Unos 2.000 sin papeles

La decisión de la Generalitat, e incluso la orden que entrará en vigor el 15 de septiembre, tiene su modelo en el Estado central. Una orden similar de Instituciones Penitenciarias de 2001 precede a la actual orden redactada por el Gobierno de CiU, que abre un viejo debate sobre esa doble condena que, según algunos juristas, padecen los inmigrantes sin papeles. De hecho, según los datos de Parés, en España ya ha habido unos 2.000 casos de traslado con la medida que ahora se quiere aplicar en Catalunya.
La instrucción de la Generalitat también pretende resolver otro problema muy en boga en las administraciones públicas: la falta de recursos. La Generalitat cree que esta instrucción podría reducir el número de presos con medidas de este tipo y el gasto que llevan asociados. Con sus más de 10.000 reclusos, las 11 prisiones catalanas están masificadas y “los costes son elevados”, asume Parés, quien afirma que “si medio millar de presos optara por irse, supondría vaciar una prisión”.
En todo caso, el alto cargo asegura que la Generalitat no ha realizado ningún cálculo sobre las consecuencias que podría tener la medida sobre las arcas públicas, ni del número de sin papeles que podrían optar por la expulsión. Actualmente, alrededor del 45% de los reclusos en cárceles catalanas son inmigrantes un porcentaje muy superior al 37% del conjunto de las prisiones españolas y, de estos, unos 2.000 no tienen documentación para ser considerados legales.
La ausencia de papeles para poder trabajar y la falta de familia en España es el argumento aducido por el Govern para sostener este tipo de medidas, al considerar que al no poder asegurarse la reinserción en la sociedad es absurdo que personas sin papeles pueblen las cárceles catalanas cuando su futuro seguirá en sus países. “No es un tema ideológico”, asegura Parés, que incluso afirma que ha hablado de esta decisión con sindicatos y otras organizaciones y que estas han aprobado la medida.
Sea como sea, la nueva orden supondrá un refuerzo del control de los extranjeros sin papeles, por lo cual la Unidad de Gestión Penitenciaria deberá facilitar cada mes un listado de personas en situación irregular antes de que hayan completado la mitad de la condena.

Críticas a la medida

Las expulsiones de sin papeles después de haber cumplido sus condenas en prisión tienen dividida a la abogacía española. Javier Galparsoro, portavoz del Consejo General de la Abogacía Española, ha sido testigo de expulsiones de este tipo en el Centro Penitenciario de Basauri (Bilbao) y apunta que “ahora son mucho más habituales que años atrás”.
En la actualidad, la tramitación de la expulsión consiste en que la Policía inicia un expediente de expulsión contra los sin papeles cuando los condenados se encuentran aún en sus últimos meses de condena. En cuanto los condenados cumplen su pena y ponen un pie fuera de la cárcel, un coche patrulla les está esperando para encerrarlos en un Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE). Y de allí, son trasladados al aeropuerto para meterles en un vuelo a su país.
Instituciones Penitenciarias reconoce que, si se trata de una persona que no tiene arraigo, este “procedimiento” es habitual: Se avisa a la Policía antes de que el condenado salga de la cárcel para que lo traslade al CIE de inmediato. En estos lugares, pueden permanecer hasta 60 días mientras el Gobierno trata de orquestar su expulsión al país de origen.

Dos millares de indocumentados pueblan las 11 prisiones catalanas

El debate entre los abogados, explica Galparsoro, surge por esa doble condena a la que se somete a los extranjeros: “¿Se debería poder expulsarlos después de cumplir la pena de seis años de cárcel? ¿Qué sentido tiene entonces haberlos mantenido seis años en una cárcel española? ¿Y dónde queda el proceso de reinserción?”.
El abogado Sergi Santacana, del Col·lectiu Ronda, aporta dudas sobre la conveniencia de forzar la expulsión. Cita por ejemplo el caso de que la mujer y los hijos residan en España y el hombre, encarcelado, sea invitado a abandonar el país. “No se podría explicar una medida de este tipo”, asegura, si bien considera que el sistema actual tampoco es el mejor.
En caso de que el juez considere que la expulsión de España es el procedimiento idóneo, la ley permite obviar la pena de cárcel. Este procedimiento está recogido en el artículo 89 del Código Penal, que señala que en penas privativas de libertad “inferiores a seis años” podrán ser sustituidas por “su expulsión del territorio español”. Precisamente esta es la medida en la que se apoya la Generalitat para poner en marcha su nueva directriz.

Cancelación de antecedentes

En caso de no ser expulsados del país durante los 60 días de encierro en el CIE, los reos sin papeles quedan en libertad. Pero no pueden regularizar su situación hasta que se cancelen sus antecedentes penales. Estos duran entre seis meses para las penas leves y cinco años para las graves, según el artículo 136.2 del Código Penal.
La población extranjera representaba el pasado junio el 36% del total de internos de las cárceles españolas. El perfil más común es el de una persona que ha cometido un delito contra la salud pública, normalmente vinculado al tráfico de drogas, según detallan fuentes de Instituciones Penitenciarias. Las dos nacionalidades principales, tras la española, son la marroquí y la colombiana.